Epígrafe del IAE para reformas: cuál te toca según tu oficio
TL;DR — Cuando te das de alta para hacer reformas tienes que elegir un epígrafe del IAE (el código que dice a qué te dedicas). Para la mayoría de reformistas el que toca es el 501.3 (albañilería y pequeños trabajos), que cubre reforma de viviendas aunque metas fontanería, electricidad o pintura. Y una buena noticia: si facturas menos de un millón de euros al año, estás exento de pagar el IAE, solo lo declaras. Aquí te lo aclaro.
El epígrafe asusta más por el nombre que por otra cosa. Es simplemente el cajón en el que Hacienda te mete según tu oficio. Vamos a ver cuál es el tuyo.
¿Qué epígrafe me toca para hacer reformas?
Para el reformista que hace reforma de pisos y viviendas, el epígrafe habitual es el 501.3 — “Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general”. Lo bueno de este epígrafe es que cubre la reforma completa de una vivienda (electricidad, fontanería, escayola, pintura y albañilería), aunque subcontrates parte, siempre que:
- el presupuesto de ejecución no pase de 36.060,73 €, y
- la obra nueva o de ampliación no pase de 600 m².
Si haces obras más grandes que eso, el que toca es el 501.1 — “Construcción completa, reparación y conservación”.
¿Y si soy de un oficio concreto?
Si te dedicas solo a una instalación o un acabado, hay epígrafes específicos:
- Instalaciones (fontanería, electricidad, climatización, gas): grupo 504.
- Acabados (pintura, carpintería, escayola/pladur, cristalería): grupo 505.
Pero ojo: si haces reforma integral, el 501.3 te suele valer para todo y te ahorra altas múltiples. Si tienes dudas con tu caso, que te lo confirme tu gestor.
¿Tengo que pagar el IAE?
Casi seguro que no. Están exentos de pagar el IAE las personas físicas (autónomos) y quienes facturen menos de 1.000.000 € al año. Es decir: te das de alta en el epígrafe, lo declaras, pero no pagas la cuota del impuesto. Lo que sí marca el epígrafe es tu actividad a efectos de altas, facturas y Hacienda.
Lo mínimo
- Reforma de viviendas → normalmente epígrafe 501.3.
- Obra grande (>36.060 € o >600 m²) → 501.1.
- Solo una instalación o acabado → grupos 504 / 505.
- Si facturas menos de 1M €, lo declaras pero no lo pagas.
- Caso raro o con dudas → que lo confirme tu gestor.
Tú elige bien el oficio; del papeleo nos ocupamos
Acertar con el epígrafe es cosa de una vez. Lo que viene cada día es la factura, el presupuesto y los números. Con KonquerAI eso lo llevas ordenado y a mano, sin pelearte con el ordenador. Quítate el papeleo de encima →.
Aviso · Esta información es de carácter general y está actualizada a julio de 2026. La normativa fiscal y de facturación cambia con frecuencia y cada caso tiene sus particularidades, por lo que no sustituye el asesoramiento de un profesional. Antes de tomar decisiones, consulta la fuente oficial (Agencia Tributaria, Seguridad Social) o a tu asesor.
Fuentes citadas
- Tarifas del IAE — Epígrafe 501.3 (albañilería y pequeños trabajos de construcción) — https://www.supercontable.com/informacion/IAE/Epigrafe_501.3_de_las_tarifas_del_IAE.html
- Ley de Haciendas Locales (RDL 2/2004), exención del IAE para personas físicas y cifra de negocio < 1.000.000 € — https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4214